Mi banco acude al rescate: ¿Qué pasa con mi depósito y con mi hipoteca?

En un principio, debe de saber que sus ahorros, depósitos o cuentas corrientes están garantizados por el Fondo de Garantía de Depósitos por un total de 100.000 euros


Si después de recibir la ayuda la entidad de la que soy cliente no puede devolver el préstamo, el Estado la nacionalizaría, es decir, se convertiría en su principal accionista, como ha ocurrido en Bankia. El objetivo sería sanearla de nuevo e intentar sacar rentabilidad mediante su venta, como ha ocurrido como otras cajas de ahorros intervenidas, como Caja Castilla La Mancha o Cajasur.

En este segundo caso, tampoco habría cambios sustanciales. Para productos ya firmados y con contratos cerrados, como depósitos o hipotecas. Es decir, que seguirá teniendo que pagar la hipoteca religiosamente todos los meses y se mantendrán las mismas condiciones de diferencial sobre euríbor, comisiones, y plazo o recibiendo los mismos rendimientos.


Sin embargo, las cuentas de ahorro sí pueden verse afectadas por la intervención en el sentido de cambio en los intereses que generan o las comisiones por apertura, mantenimiento y expedición de tarjetas de crédito.


Así, en el futuro, la entidad puede cambiar ciertas condiciones, siempre y cuando avise a sus clientes en el tiempo y la forma que determina la normativa bancaria. Cualquier entidad, intervenida o no, puede realizar estas modificaciones si lo estima oportuno.


Por último, si su dinero está invertido en productos financieros no garantizados por el Fondo de Garantía de Depósitos, como son las cédulas hipotecarias, bonos y pagarés de bancos, obligaciones subordinadas, participaciones preferentes o cuotas participativas sí que es importante conocer la solvencia del banco, ya que en caso de quiebra y, posterior, liquidación primero cobraría Hacienda, después la Seguridad Social, los empleados, los que tienen el dinero garantizado por el FGD y, finalmente y en el orden enumerado, los acreedores normales y los demás, siendo los últimos en cobrar, si queda dinero, los accionistas y cuota-partícipes. Aunque tal y como está previsto en el préstamo esta posibilidad está excluida.

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